Por Julieta Villar
Buenos Aires, Argentina, Nov 6, 2024 / 14:15 pm
El Equipo "No a la Trata" de la Comisión Nacional de Justicia y Paz de los obispos argentinos emitió un comunicado en el que celebra el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un caso de maternidad subrogada.
El tribunal rechazó la petición de una pareja de hombres "casados" que habían contratado con una mujer para tener un hijo y querían ser registrados como los padres en lugar de la madre biológica, lo que la comisión episcopal calificó en un comunicado como un "fallo ejemplar sin precedentes"
El comunicado señaló que "la madre es la que da a luz, independientemente de las auto-representaciones subjetivas y los deseos privados de terceros"."
Además, "teniendo en cuenta todos los derechos que están en juego" en relación con la maternidad subrogada, y con el fin de "limitar cualquier posible regulación para no afectar a los más vulnerables, es decir, a las mujeres pobres y a los niños procesados como objetos de deseo", la Suprema Corte instó al Poder Legislativo de la nación a "corregir la falta de regulación" en la materia.
Es la primera vez que la Corte Suprema argentina se pronuncia sobre un caso relacionado con la maternidad subrogada.
El fallo rechazó una acción judicial de un "matrimonio" homosexual que recurrió a una mujer para gestar un hijo y luego solicitó a los jueces un nuevo certificado de nacimiento que impugnaba a la mujer como progenitora para que fueran considerados los padres del recién nacido.
Así, el niño fue inscrito como hijo de la mujer que dio a luz y de uno de los integrantes de la pareja contratante, que había dado su consentimiento previo.
El fallo deja en claro que en esta materia no existe un "vacío legal" en Argentina y que la maternidad subrogada o el llamado "vientre de alquiler" es una práctica contraria a la ley.
Para el Equipo No a la Trata, que apuesta a "concientizar y visibilizar la naturaleza y los efectos deshumanizantes de esta nueva forma de trata con fines de explotación reproductiva y tráfico de niños", es "oportuno y necesario emitir un comunicado, que sea una guía luminosa y educativa para nuestra comunidad respecto de esta forma nociva e inhumana de trata de personas."
El tema también fue abordado por Nicolás Lafferriere, doctor en Ciencias Jurídicas, en su programa "Por la Vida" de Radio María, quien señaló que las personas involucradas no pidieron autorización legal previa para la maternidad subrogada y que, según este fallo judicial, "las personas no pueden hacer contratos para cambiar las reglas de la filiación; es decir, cómo se establecen los vínculos maternos, paternos y filiales."
Por otro lado, a pesar de reconocer la "voluntad procreacional", Laferriere señaló que ésta tiene un límite y ese límite, fijado por la ley, es la maternidad subrogada o vientre de alquiler.
"Este fallo pone fin a una serie de fallos judiciales que se han dado en todo el país, en general muy favorables a la maternidad subrogada pero fuera del texto de la ley. Así que el tribunal, de alguna manera, es consciente de ello, y aquí pone un freno, pone un límite", señaló.
"El juez, cuando la ley es clara, no puede poner su propio criterio por encima del criterio de la ley, y de alguna manera pone un límite a todas esas sentencias que a lo largo de los últimos años han ido legitimando la gestación subrogada en nuestro país", dijo el abogado.
El documento Dignitas Infinita, publicado en abril por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe del Vaticano con el visto bueno del Papa Francisco, enumera 13 graves violaciones de la dignidad humana.
Entre ellas, señala en el número 48 que "la Iglesia se pronuncia también contra la práctica de la maternidad subrogada, a través de la cual el hijo inmensamente digno se convierte en un mero objeto."
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"Ante todo, la práctica de la maternidad subrogada viola la dignidad del niño" y "la dignidad de la mujer, tanto si es coaccionada como si decide someterse a ella libremente", afirma el documento.
"En esta práctica, la mujer es desvinculada del niño que crece en ella y se convierte en un mero medio supeditado al beneficio o deseo arbitrario de otros", explica el dicasterio.
Este reportaje fue publicado primero por ACI Prensa, socio informativo de CNA en español. Ha sido traducida y adaptada por CNA.